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Estatuto

 

 

ESTATUTO

Artículo 1
En Fiuggi con sede en Calle Prenestina n.101, cerca de los locales de la Parroquia Regina Pacis es constituida una Organización No Provechosa de Utilidad Social denominado "san damiano O N L U S.". Dicha denominación podrá ser también utilizada en acrónimo sin indicación puntual.

Artículo 2
1. El "san damiano o.n.l.u.s" es apolítico, apartitica y tiene el objetivo de devolver a la actual sociedad el sentido ético y la responsabilidad social y moral, basándose sobre la Declaración de los Derechos al hombre y sobre la consiguiente acción humanitaria mundial, articulada en común con los beneficiarios y las instituciones internacionales al objetivo de servir la humanidad, en particular actuando por el desarrollo económico de los países, mejorando las condiciones de vida de las poblaciones, sea en sentido económico, sea por la tutela del entorno que las hospeda y las nutre.
2. El "san damiano o.n.l.u.s." se propone en particular de organizar, promover e/o colaborar en iniciativas a socio-humanitarias para recoger fondos que destinar al sostén de la "Clínica a San Damián "de Ambanja, en Madagascar y de otras actividades misioneras de los frailes capuchino italianos.
3. El "san damiano o.n.l.u.s. también "tiene por objeto al sostén de niños huérfanos y familias incómodas, por ayudas económicas y programas de instrucción.
4. El "san damiano o.n.l.u.s" recoge fondos al objetivo organizar de actividad de formación profesional.
5. Para alcanzar tales objetivos el "san damiano o.n.l.u.s." también puede organizar y administrar centros culturales y morales; desarrollar y confiar estudios y búsquedas; exiliar becas; promover hermanamientos; suscribir convenciones; organizar congresos, seminarios, debates corridos y manifestaciones de cada género; curar la publicación de noticiarios, revistas y libros.

Artículo 3
1. Pueden hacer parte del "san damiano o.n.l.u.s. ", habientes iguales derechos y deberes, todos los que comparten de ello las finalidades y respetan de ello y observan los reglamentos.
2. Son considerados adherentes al "san damiano o.n.l.u.s.":
- Los socios fundadores
- Los socios ordinarios
- Los socios beneméritos.
3. Son socios fundadores los que han suscrito el acto constitutivo.
4. Son socios ordinarios los que vierten la cuota asociativa anual.
5. Son socios ordinarios los que vierten la cuota anual por las adopciones a distancia.
6. Son socios beneméritos los que efectúan depósitos al fondo de dotación creído de particular relevancia del Consejo de Presidencia.
7. La adhesión a la asociación es cuanto a tiempo indeterminado hecho salvo previsto por el Estatuto al artículo tres, commi 2, 4, 5, 6.
8. Quienquiera adhiera al "san damiano o.n.l.u.s." puede, en cualquier momento notificar su voluntad de desistir del número de los participantes a la asociación misma. Tal rescisión tendrá eficacia transcurrida treinta días del recibo de la notificación de la voluntad de rescisión.

Artículo 4
Los órganos antepuestos al funcionamiento del "san damiano o.n.l.u.s." soy:
- Consejo de presidencia
- Asamblea general de los socios
Todos los cargos serán desarrollados de gratis.

Artículo 5
Los órganos antepuestos duran actuales por un trienio y pueden ser revocados después de deliberación juntera.
Todos los cargos son renovables para un máximo de dos mandatos consecutivos.

Artículo 6
Consejo de Presidencia:
1. El Consejo de Presidencia es formado por el Presidente, Vice presidente, del Responsable de la organización y desarrollo, del Responsable administrativo y financiero, de la Responsable formación y adopciones, del Responsable sanitario, del Responsable técnico.
2. El Consejo de Presidencia es convocado cada vez que por el Presidente cada se haga necesario por el normal funcionamiento o actividad del "san damiano o.n.l.u.s.",
a través de avisos personales, mandados al menos cinco días antes de la fecha establecida, precisando el lugar, la hora y el orden del día que tratar.
3. El Consejo de Presidencia tiene los siguientes poderes:
- cada poder de ordinaria y extraordinaria administración, salva los poderes establecidos por el presente estatuto y de un eventual reglamento de realización;
- aprobar y hacer operativas las iniciativas propuestas de la asamblea y del mismo consejo;
- averiguar y d aprobar la gestión económica de la asociación;
- garantizar el respeto del estatuto y las deliberaciones tomó por la asamblea;
- establecer la cuota asociativa que pagar de año en año
- adopta adecuadas medidas comprendidas la sustitución, respecto a cada miembro del consejo de presidencia, en caso de que exista justa causa
- en caso de renuncia o imposibilidad de uno de los miembros del Consejo de Presidencia a desarrollar el propio encargo los restantes miembros podrán nombrar al sustituto, que durará actual hasta las siguientes elecciones
- en caso de renuncia o imposibilidad de al menos 4 miembros del Consejo de Presidencia tendrá que ser convocada la asamblea general de los socios dentro de 30 días para elegir completamente el nuevo Consejo de Presidencia
- cada miembro del Consejo de Presidencia puede dotarse con un èquipe consultivo

Artículo 7
Deberes, tareas y poderes de los miembros el Consejo de Presidencia:
Presidente:
- representa legalmente el "san damiano o.n.l.u.s.", en todas las sedes;
- preside la asamblea general de los socios y el Consejo de Presidencia;
- vigila sobre lo obrado de los miembros del Consejo de Presidencia.
Vicedirector:
- reemplaza en las ausencias el presidente y él ausentes del Consejo de Presidencia.
Responsable organización y desarrollo:
- identifica una estrategia de desarrollo interna y externa a mediano y largo término del "san damiano o.n.l.u.s.";
- desarrolla los relativos programas e iniciativas y los somete al Consejo de Presidencia;
- cura las relaciones con los entes públicos y privados;
- despacha cada acto necesario a actuar los programas aprobados;
- mantiene puesto al día la lista de los socios
- administra la papelería
- redacta y custodia los verbales dell generales de los socios y el Consejo de Presidencia
- recibe clasifica y transmite toda la correspondencia del "san damiano o.n.l.u.s."
Responsable administrativo y financiero:
- predispone el presupuesto de los provechos y los costes
- administra la contabilidad general y redacta el balance
- administra todos los aspectos fiscales y administrativos
- administra y custodia toda la documentación legal y administrativa
- cura las relaciones con los bancos
- es propietario, junto con el Presidente, de las cuentas bancarias y de los actos patrimoniales del "san damiano o.n.l.u.s."
- provee al pago de las pasividades
- cobra las cuotas sociales y cada otro provente de ofertas, donaciones y legados
- promueve solicitudes de financiación según leyes vigentes
- redacta réports periódicos sobre el estado patrimonial, financiero y económico por el Consejo de Presidencia.
Responsable Formación y Adopciones: - efectúa búsquedas y estudios y desarrolla programas de formación a mediano y largo término
- cura la organización de los cursos de formación a mediano y largo término
- cura la organización de los cursos de formación
- cura las relaciones interiores y externas por las adopciones a distancia
- administra el registro de las adopciones con la máxima transparencia
Responsable sanitario: - efectúa un monitorizaciones sanitario de la clínica San Damián
- promueve un programa sanitario a breve y mediano término
- controla y administra actividades sanitarias desarrolladas por el "san damiano o.n.l.u.s."
Responsable técnico: - promueve y recoge propuestas e instancias técnicas avanzadas por la clínica a San Damián
- define proyectos, factibilidad, costes, tiempos y los somete a la aprobación del Consejo de Presidencia
- cura todos los aspectos técnico-proyectivos y si presiente en arriendo dirige los trabajos, en todo caso coordina los trabajos por la realización de los proyectos aprobados;
- previa valoración técnico-económico-funcional concede la aprobación a la adquisición de cada aparejo técnico.

Artículo 8
Asamblea general de los Socios:
- la asamblea general de los Socios se reúne al menos una vez el año para averiguar y discutir el curso del "san damiano o.n.l.u.s."
- es presidida por el Presidente o, en su ausencia, del Vicedirector y es convocada indirectos avisos personales
- elige cada tres años todo los miembros del Consejo de Presidencia
- puede aportar modificaciones al Estatuto y aprobar reglamentos de realización, propone además iniciativas en observancia del Estatuto y las finalidades del "san damiano o.n.l.u.s."

Artículo 9
1. El patrimonio de la asociación es constituido de:
- Cuotas asociativas;
- Donaciones y ofertas de bienhechores y entes públicos o privados;
- Eventuales provechos de iniciativas promovieron del "san damiano o.n.l.u.s." a lo neto de los gastos.
2. El "san damiano o.n.l.u.s. " además tiene facultad de avanzar solicitudes de contribución a entes públicos e/o privados.
3. Libros de la asociación:
- Además de la finca de los libros prescrita por la ley, el "san damiano o.n.l.u.s." tiene los libros de las actas de las asambleas y las deliberaciones de la asamblea general de los socios, del consejo de presidencia además del libro de los adherentes a la asociación.
- Los libros contables son:
- El libro periódico refrendado, en el que son apuntadas cronológicamente todas las entradas y las salidas.
- Se hace obligación de conceder recibos para cada tipo de oferta derramada a favor del "san damiano o.n.l.u.s."

Artículo 10
La asamblea de los socios delibera sobre el balance de ejercicio del período anterior dentro de 120 días del cierre. El balance, redactado segundos principios de verdad y transparencia, será depositado para permitir la toma visión de todos los socios al menos 20 días antes de la fecha enclavada por la aprobación. Dentro del 31 octubre de cada año será sometido a la aprobación el presupuesto de la actividad por desarrollar en el ejercicio siguiente.

Artículo 11
1. Y prohibida la distribución de los útiles, sobras de gestión, honda, reservas o capital durante la vida de la organización, también de modo indirecto.
2. Y obligatorio emplear estrechamente los útiles o las sobras de gestión por la realización de las actividades institucionales y aquellos a ellas conexas de que al artículo tres.
3. Y obligatorio devolver el patrimonio del "san damiano o.n.l.u.s. ", en caso de derretimiento, por cualquiera causa, a otras organizaciones no provechosas de utilidad sociales habientes objetivos análogos o afínes o bien a finos de pública utilidad.

Artículo 12
Por todo cuanto no previsto expresamente por el presente Estatuto se pospone a la normativa vigente en materia.

Fiuggi, allí el 9 de mayo de 2004........................... El Presidente El Secretario

Situado amigos

 

 

Asociación San Damiano ONLUS - Via Prenestina nr. 101 - 03015 - FIUGGI ( FR ) - Telefono [+39] 328 8185440 – Fax. [+39] 0775 514494 - E -Mail: info@sdamiano.org

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